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Criterio número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV emitido por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Creado: 12 July, 2023 |

Boletín Informativo

 

Criterio número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV emitido por el Consejo Técnico

del Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

Estimados clientes y amigos:

 

El pasado 07 de julio de 2023, el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, emitió el criterio número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV, a efecto de orientar a patrones o sujetos obligados respecto a diversas practicas fiscales indebidas detectadas relativas a la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y los pagos hechos por concepto de bono de productividad

 

En cuanto a la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, se estableció que, si la misma excede el límite máximo de tres meses del salario o el promedio de lo que hubiese recibido en los últimos tres años, y no se descuenta el monto entregado en demasía, dicha percepción pierde la naturaleza de utilidades y se convierte en una gratificación y, por ende, sí integra el salario base de cotización.

 

Ahora bien, por lo que respecta al bono de productividad, se precisó que cualquier cantidad pagada, tanto en especie como en efectivo, que tenga como sustento aquel bono, integrará el salario base de cotización. Lo anterior, bajo el argumento de que se encuentran relacionados directamente con el desempeño del trabajador.

 

La información antes precisada se puede descargar del link siguiente: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5694775&fecha=07/07/2023#gsc.tab=0

 

ÁREA LEGAL Y FISCAL

 

 

Para mayor información respecto a esta Nota Informativa, por favor contacta a nuestro equipo:

 

 

 

Alejandro Guerrero

aga@govfiscal.com

 

 

Miguel Alfonso Hernández.

mah@govfiscal.com

 

 

Armando Orozco

aov@govfiscal.com

 

 

Yadira Ochoa

yov@govfiscal.com

 

 

Jorge Villaseñor

vgj@govfiscal.com

 

 

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