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Publicación del Decreto por el que se prorroga la entrada en vigor de las diversas disposiciones en materia de subcontratación laboral

Creado: 26 January, 2022 |

 

Boletín Informativo

 

 

Publicación del Decreto por el que se prorroga la entrada en vigor de las diversas disposiciones en materia de subcontratación laboral

 

 

Estimados clientes y amigos:

 

 

En relación con el boletín de 28 de abril de 2021, en donde se dio a conocer la entrada en vigor de la reforma en materia de subcontratación laboral en donde se prohibía la misma y se regulaba la contratación de servicios especializados para efectos laborales y fiscales, es importante darles a conocer que el 31 de julio de 2021 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se prorroga la entrada en vigor de dicha reforma.

 

Esta prórroga prevé que se tenga hasta el 1º de Septiembre de este 2021 para:

 

• Registrar ante la STPS el registro de personas que presten Servicios Especializados o de Ejecución de Obras Especializadas, a fin de obtener su Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

 

• Realizar la sustitución patronal, sin que sea necesario llevar a cabo la transmisión de los bienes objeto de la empresa.

 

• Tramitar los movimientos de Registros Patronales por Clase ante el IMSS.

 

Así mismo y como consecuencia de los rubros que fueron prorrogados, también entrara en vigor hasta el 1° de septiembre de 2021, los puntos siguientes:

 

• No surtirán efectos fiscales (deducción y el acreditamiento) los pagos o contraprestaciones de los comprobantes fiscales por concepto de subcontratación de personal.

 

·  Para poder aplicar los efectos fiscales (deducción y el acreditamiento) de los comprobantes fiscales que tengan que ver con servicios especializados, la empresa que los expida deberá estar registrada en el REPSE y que ésta a su vez proporcione diversos documentos en donde demuestre el cumplimiento de sus obligaciones en materia fiscal y de seguridad social.

 

·  Se deroga la retención del 6% de IVA como consecuencia de la prohibición de la subcontratación laboral.

 

En ese sentido, es recomendable realizar un análisis de las implicaciones en materia fiscal, laboral y de seguridad social que se generaran con la entrada en vigor del decreto en comento, así como la necesidad de verificar los servicios que le son brindados por sus diversos proveedores y los objetos sociales de las empresas que representan para prevenir posibles contingencias relacionadas con aquel decreto.

 

 

ÁREA LEGAL

 

 

Para mayor información respecto a esta Nota Informativa, por favor contacta a nuestro equipo:

 

 

 

Alejandro Guerrero

aga@govfiscal.com

 

 

Noel Bonilla

nbl@govfiscal.com

 

 

Armando Orozco

aov@govfiscal.com

 

 

Carmen Padilla

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Jorge Villaseñor

vgj@govfiscal.com

 

 

Miguel Alfonso Hernández.

mah@govfiscal.com

 

 

Esmeralda González.

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Yadira Ochoa.

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