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Segunda Publicación 2023 de: Tasas efectivas de Impuesto sobre la Renta de Grandes Contribuyentes

Creado: 10 February, 2023 |

Boletín Informativo

 

Segunda Publicación 2023 de “Tasas efectivas de Impuesto sobre la Renta de Grandes Contribuyentes“

 

Estimados clientes y amigos:

Con fecha 07 de febrero del 2023 a través del comunicado 002/2023 expuesto por el SAT, se emite la “Segunda publicación de tasas efectivas de impuesto sobre la renta de Grandes Contribuyentes (ejercicios 2020 y 2021)”, dicha publicación es referente a cuarenta actividades económicas que contemplan nueve sectores económicos: comercio al por mayor, comercio al por menor, servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, construcción, electricidad, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final, servicios financieros y de seguros, industrias manufactureras, minería y servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles:


Segunda Publicación 2023 de Tasas efectivas del ISR de Grandes Contribuyentes

CONCEPTO

2020

2021

PROMEDIO

Administración y supervisión de construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios 

6.12%

6.25%

6.19%

Administración y supervisión de construcción de obras para petróleo y gas

4.07%

4.04%

4.06%

Agencias de viajes

0.83%

2.83%

1.83%

Agentes, ajustadores y gestores de seguros de vida

6.34%

6.19%

6.27%

Alquiler de automóviles sin chofer

3.56%

4.09%

3.83%

Captación, tratamiento y suministro de agua para uso distinto al doméstico realizados por particulares

3.85%

4.95%

4.40%

Comercio al por mayor de abarrotes

1.94%

1.98%

1.96%

Comercio al por mayor de cemento, tabique y grava

3.36%

2.73%

3.05%

Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la construcción y la minería

4.17%

3.67%

3.92%

Comercio al por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera

3.18%

4.12%

3.65%

Comercio al por mayor de productos químicos para uso industrial

4.91%

4.90%

4.91%

Comercio al por menor de aceites y grasas lubricantes de uso industrial, aditivos y similares para vehículos de motor

1.85%

1.20%

1.53%

Comercio al por menor de enseres electrodomésticos menores y aparatos de línea blanca

5.57%

4.94%

5.26%

Comercio al por menor de gas L.P. en cilindros y para tanques estacionarios

5.12%

3.51%

4.32%

Comercio al por menor de gasolina y diésel (incluye las actividades de: Venta en territorio nacional de combustibles automotrices. Venta en territorio nacional de gasolina y diésel

2.06%

1.78%

1.92%

Comercio al por menor de llantas y cámaras, corbatas, válvulas de cámara y tapones para automóviles, camionetas y camiones de motor

1.42%

2.19%

1.81%

Comercio al por menor de muebles para el hogar

2.46%

2.55%

2.51%

Comercio al por menor de otros combustibles como petróleo diáfano, carbón vegetal y leña

1.11%

1.22%

1.17%

Comercio al por menor de productos de consumo final propiedad de terceros  por comisión y consignación 

4.16%

4.17%

4.17%

Comercio al por menor en minisúper

1.70%

1.95%

1.83%

Comercio al por menor en supermercados

2.76%

2.67%

2.72%

Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

3.09%

3.41%

3.25%

Comercio al por menor en tiendas departamentales

2.81%

3.18%

3.00%

Comercio de combustibles fósiles

2.50%

2.41%

2.46%

Complejos siderúrgicos

4.61%

6.95%

5.78%

Construcción de carreteras, autopistas, terracerías, puentes, pasos a desnivel y aeropistas

4.85%

4.84%

4.85%

Construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios

3.75%

3.71%

3.73%

Construcción de naves y plantas industriales

5.75%

5.24%

5.50%

Construcción de obras de generación y conducción de energía eléctrica

2.93%

4.28%

3.61%

Construcción de obras de urbanización

4.76%

4.68%

4.72%

Construcción de obras para el tratamiento, distribución y suministro de agua y drenaje

6.56%

6.60%

6.58%

Construcción de obras para transporte eléctrico y ferroviario

2.33%

2.88%

2.61%


Las tasas efectivas de ISR se determinaron con base en la información dispuesta en las bases de datos institucionales que contienen las declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de los contribuyentes, declaraciones informativas, los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI’s), pedimentos, etc.

 

Cualquier empresa cuya tasa se ubique por encima del parámetro, será un contribuyente con menor riesgo de ser auditado, ya que se supone que se encuentra pagando más impuesto que el promedio de la industria en la cual se está comparando. Así mismo quien se encuentre por debajo de estas tasas tendrá un mayor riesgo de ser auditado puesto que en teoría estaría pagando menos impuesto que el promedio de la industria.

 

Es importante recordar que el parámetro de tasas efectivas es un promedio de tasas de los integrantes de la industria. Tener una tasa menor no implica precisamente que se deban pagar impuestos por la diferencia, siempre y cuando el impuesto se haya determinado de manera correcta, no se tengan planeaciones fiscales agresivas y se hubieran cumplido con las disposiciones fiscales vigentes.

 

Por último, el SAT menciona que con el objetivo de seguir facilitando e incentivando el cumplimiento voluntario, se invita a las y los contribuyentes a consultar la tasa efectiva de impuesto sobre la renta correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y a compararla con su propia tasa efectiva de impuesto sobre la renta respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de la(s) declaración(es) anual(es) complementaria(s) correspondiente(s), para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

 

 

 

ÁREA FISCAL

 

 

 

 

Para mayor información respecto a esta Nota Informativa, por favor contacta a nuestro equipo:

 

 

 

Alejandro Guerrero

aga@govfiscal.com

 

 

Noel Bonilla

nbl@govfiscal.com

 

 

Armando Orozco

aov@govfiscal.com

 

 

Carmen Padilla

cpo@govfiscal.com

 

 

Jorge Villaseñor

vgj@govfiscal.com

 

 

 

 


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