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Emisión o Recepción de Comprobantes Fiscales

Creado: 17 May, 2019 |



    

 EMISIÓN O RECEPCIÓN DE COMPROBANTES FISCALES  QUE AMPAREN OPERACIONES INEXISTENTES “

 

 

 

Con fecha 17 de mayo del 2019 entra en vigor el decreto publicado el día de ayer en el Diario Oficial de la Federación por el que se reforma la fracción III del artículo 113 y se adiciona un artículo 113 bis del Código Fiscal de la Federación.

 

Dicho decreto contempla una pena de prisión de tres meses a seis años a quienes adquieran comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados y de tres a seis años de prisión, al que los expida o enajene.

 

El Código Fiscal de la Federación ya contemplaba la pena de prisión para las Empresa que Factura Operaciones Simuladas (EFOS), sin embargo, con esta reforma se endurecen las sanciones a quienes realicen la compra-venta de facturas apócrifas, sancionando también a los llamados ¨EDOS” las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas, con la intensión de desincentivar la evasión fiscal. 

 

 

 

Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes para cualquier duda, aclaración o comentario adicional al respecto.

 

 

Atentamente:

Unidad Fiscal

Orozco Guerrero Villaseñor S.C.

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