Emisión o Recepción de Comprobantes Fiscales
Creado: 17 May, 2019 |
EMISIÓN
O RECEPCIÓN DE COMPROBANTES FISCALES QUE
AMPAREN OPERACIONES INEXISTENTES “
Con
fecha 17 de mayo del 2019 entra en vigor el decreto publicado el día de ayer
en el Diario Oficial de la Federación por el que se reforma la fracción III
del artículo 113 y se adiciona un artículo 113 bis del Código Fiscal de la Federación.
Dicho decreto contempla una
pena de prisión de tres meses a seis años a quienes adquieran comprobantes
fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos
simulados y de tres a seis años de prisión, al que los expida o enajene.
El Código Fiscal de la
Federación ya contemplaba la pena de prisión para las Empresa que Factura
Operaciones Simuladas (EFOS), sin embargo, con esta reforma se endurecen las
sanciones a quienes realicen la compra-venta de facturas apócrifas, sancionando
también a los llamados ¨EDOS” las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas,
con la intensión de desincentivar la evasión fiscal.
Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes para
cualquier duda, aclaración o comentario adicional al respecto.
Atentamente:
Unidad Fiscal
Orozco
Guerrero Villaseñor S.C.
Emisión o Recepción de Comprobantes Fiscales