CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2016 Y SUS ANEXOS 1-A Y 24.
Creado: 09 November, 2016 |
CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL
PARA 2016 Y SUS ANEXOS 1-A Y 24.
Estimados
clientes y amigos:
Estimados clientes y amigos:
Por medio del presente nos
permitimos informarles que el pasado 04 de octubre de 2016 se publicó en el
portal del SAT la “Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución
Miscelánea Fiscal para 2016”.
A continuación señalaremos los
puntos que consideramos de mayor relevancia, recomendando que se revisen cada
uno en lo individual pues pudieran resultar de interés para según sea el caso
en específico.
1.- Se adiciona el Capítulo
11.8.
“Del Decreto por el que se
otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los
Estados de Campeche y Tabasco, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016”
Pago en parcialidades de las retenciones del ISR por salarios y en
general por la prestación de un servicio personal subordinado, excepto
asimilados a salarios, correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de
2016
11.8.1. Nos menciona que los
contribuyentes que efectúen pagos por ingresos por salarios y en general por la
prestación de un servicio personal, que opten por enterar las retenciones del
ISR correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 2016 en dos parcialidades,
las cubrirán en términos de la ficha de trámite 1/DEC-4 “Pago en parcialidades
de las retenciones del ISR, contenida en el Anexo 1-A. (excepto los asimilados
a salarios)
DECRETO DOF 11/05/2016 Tercero, Séptimo, Décimo
Pago en parcialidades del IVA
e IEPS, correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 2016
11.8.2. Nos menciona que los contribuyentes que opten por enterar el pago
definitivo de los impuestos al valor agregado y especial sobre producción y
servicios correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 2016 en tres
parcialidades, las cubrirán en términos de la ficha de trámite 2/DEC-,
contenida en el Anexo 1-A.
DECRETO DOF 11/05/2016 Cuarto, Séptimo, Décimo.
2.- Así mismo se reforma el anexo
24, adicionando a éste un documento técnico donde se contemplan los
lineamientos para la generación del archivo XML y agrega una referencia de los
desarrolladores, donde se plasma opiniones de los ingenieros con respecto al área
de desarrollo del software.
3.- Con respecto al anexo 1-A, se
adicionan los siguientes trámites:
1/DEC-4 Declaración de pago en
parcialidades de las retenciones del ISR, conforme al Decreto por el que se
otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los
Estados de Campeche y Tabasco.
2/DEC-4 Declaración de
pago en parcialidades de IVA e IEPS, conforme al Decreto por el que se otorgan
diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados
de Campeche y Tabasco.
A continuación se mencionan los
trámites de dicho anexo que consideramos de mayor relevancia y que se
modificaron:
·
6/CFF Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales
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·
La cita para realizar este
trámite de forma presencial deberá ser previa cita registrada en la página
del SAT, en SAT móvil o en el portal gob.mx.
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·
7/CFF Solicitud de generación y actualización de la Contraseña
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·
Lo pueden presentar personas
físicas en una Administración de Servicios al Contribuyente sin cita, así
como las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal sin e. Firma.
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·
39/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas
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·
Se agrega como requisito el
contar con CURP; se podrá utilizar la carta de naturalización para los
mexicanos por naturalización, y la forma migratoria para extranjeros. Deberá
ser previa cita registrada en la página del SAT, en SAT móvil o en el portal
gob.mx.
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·
106/CFF Solicitud de renovación del certificado de e.firma
|
·
Se amplían los casos en que se
requiere de la comparecencia personal ante el SAT para incluir el caso en que
el SAT requiera actualizar sus registros en las bases de datos
institucionales.
|
·
76/CFF Aviso de
cambio de denominación o razón
social
|
·
La cita para realizar este
trámite de forma presencial deberá ser previa cita registrada en la página
del SAT, en SAT móvil o en el portal gob.mx.
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·
197/CFF Aclaración a la solicitud de inscripción en el RFC
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·
Se agrega como requisito el que
el trámite se presente dentro de los seis días hábiles contados a partir del
día siguiente al que se reciba el acuse de presentación con información
inconclusa. Se precisa que el escrito libre de aclaración debe exhibir
pruebas para acreditar aspectos relacionados con la identidad, domicilio y en
general la situación fiscal de la persona moral que se pretende inscribir en
el RFC.
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·
231/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades
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·
Se establecen como condiciones:
Que la persona moral fusionada, no debe estar sujeta al ejercicio de
facultades de comprobación, ni tener créditos fiscales firmes, así como
contar con opinión de cumplimiento positiva de la persona moral a cancelar,
al momento de presentar el trámite. Se indica que la cita para realizar este
trámite de forma presencial deberá ser previa cita registrada en la página
del SAT, en SAT móvil o en el portal gob.mx.
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·
85/CFF Aviso de inicio de liquidación o cambio de residencia fiscal
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·
Se agrega como requisito del
trámite, el presentar identificación oficial vigente del representante legal
de la liquidación para los cambios de residencia.
Se eliminan de las siguientes condiciones: Contar con opinión de
cumplimiento positiva de la persona moral a cancelar, y no tener revisión de facultades
de comprobación, ni créditos fiscales firmes. deberá ser previa cita
registrada en la página del SAT, en SAT móvil o en el portal gob.mx.
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·
3/ISR Solicitud de inscripción como retenedor por los residentes en el
extranjero que paguen salarios
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·
Se agrega como requisito el contar con CURP. Deberá ser previa cita
registrada en la página del SAT, en SAT móvil o en el portal gob.mx.
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·
23/IEPS Solicitud de inscripción al
padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC
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·
Este trámite lo presentan los contribuyentes fabricantes, productores,
envasadores e importadores, de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles
incristalizables y de bebidas alcohólicas, así como aquellos contribuyentes
que acuerden total o parcialmente la fabricación, producción o envasamiento
de bebidas alcohólicas a través de un contrato o convenio con personas
físicas o morales (comercializadores), y aquellos contribuyentes que se
encuentren exentos de pago del IEPS. Se agrega como condición contar con
e.firma o contraseña. Deberá ser previa cita registrada en la página del SAT, en SAT móvil
o en el portal gob.mx.
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·
24/IEPS Aviso de cambio de domicilio o de apertura de lugar donde
se fabrican, producen, envasan o almacenan bebidas alcohólicas
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·
Se obtendrá un acuse de respuesta como documento comprobatorio en vez
de del formato RE-1. También se modifican condiciones para la realización del
trámite. Deberá ser previa cita registrada en la página del SAT, en SAT móvil
o en el portal gob.mx.
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Transitorios
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente
al de su publicación en el DOF, salvo la modificación al Anexo 24 que
entrará en vigor el 1 de noviembre de 2016.
Lo dispuesto en las reglas 11.8.1. y 11.8.2., será
aplicable a partir del 13 de julio de 2016.
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