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OFICIALIZA EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PRORROGA EN CANCELACIÓN DE CFDI

Creado: 05 July, 2018 |

BOLETÍN FISCAL “OFICIALIZA EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PRORROGA EN CANCELACIÓN DE CFDI”

 

Guerrero Orozco Villaseñor, S.C., informa a todos nuestros clientes y amigos la prorroga para la cancelación de los CFDI que otorgo el Servicio de Administración Tributaria (SAT)a través de un comunicado en su página oficial.

Esquema de cancelación de CFDI antecedente

Los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación, para lo cual el SAT establecería vía reglas generales la forma y medios para manifestar dicha aceptación.

Mediante resolución Miscelánea fiscal para 2018 se establece el inicio de la vigencia para esta disposición para el 1 de mayo de 2017, pero diversas prorrogas la ubicaban con una vigencia inicial del 1 de julio de 2018.

El nuevo esquema de cancelación de CFDI mediante la aceptación del receptor ya estaría vigente; sin embargo, no existen mecanismos tecnológicos para aplicar dicho esquema, por lo que, a través de un comunicado de prensa, el SAT oficializa la prórroga, para ser aplicable a partir del 1 de septiembre de 2018.

Comunicado de prórroga

“Servicio de Administración Tributaria

04 de julio de 2018

El Servicio de Administración Tributaria informa que, derivado del interés de los contribuyentes y de sus proveedores de aplicaciones informáticas por cumplir con sus obligaciones fiscales, se amplía al 1 de septiembre el plazo para el inicio de operación del servicio de aceptación o rechazo de la cancelación de facturas.

Lo anterior, considerando el avance de los contribuyentes en el desarrollo de las aplicaciones que harán uso de este nuevo servicio y el de los trabajos que actualmente están desarrollando para cumplir con la emisión del recibo electrónico de pago.

El servicio de aceptación o rechazo de cancelación de facturas protege a los receptores contra la cancelación indebida y unilateral de facturas que amparan operaciones que realmente se han realizado e incluso que se han pagado. De esta manera, se aporta seguridad jurídica a las transacciones entre los contribuyentes y se protege el legítimo derecho a deducir o acreditar conforme a las disposiciones fiscales vigentes.

La regla que dará sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación.”

 

Cualquier duda o comentario adicional al respecto estamos a sus órdenes.

 

 

Atentamente:

Unidad Fiscal


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